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Tu Seguridad
Si eres trabajador independiente, voluntario o prestas servicios, en ARL SURA te acompañamos para que desarrolles tu actividad con respaldo, tranquilidad y bienestar integral.
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30 AÑOS
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Si eres cliente nuevo, la cobertura inicia a partir del día siguiente a la afiliación, una vez se haya realizado correctamente el proceso.
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La cobertura con ARL SURA inicia al tercer mes después de radicar los documentos.
Debes reportar inmediatamente el evento al jefe inmediato, quien se encargará de activar el protocolo de atención correspondiente con ARL SURA.
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Protección enfocada en la prevención, atención y gestión de riesgos laborales.
Beneficios:
Promoción de hábitos saludables para prevenir accidentes y enfermedades laborales.
Prevención de riesgo cardiovascular y mejora de estilos de vida.
Gestión y seguimiento de accidentes de trabajo.
Trámites ágiles para incapacidad temporal.
Coberturas:
Incapacidad temporal.
Incapacidad permanente parcial (5% al 49%).
Pensión de invalidez (más del 50%, según junta de calificación).
Pensión de sobrevivientes.
Auxilio funerario.
Un respaldo económico adicional para el trabajador y su familia.
Coberturas y beneficios:
Renta por incapacidad, hospitalización o UCI.
Pérdida parcial de la capacidad laboral (20% al 49%).
Invalidez, desmembración o inutilización permanente (50% o más).
Enfermedades graves.
Muerte por accidente o por cualquier causa.
Auxilio funerario y repatriación.
Beneficios para la familia:
Apoyo en maternidad y paternidad.
Educación.
Canasta familiar.
Adecuación del hogar.
Gestión médica:
Acompañamiento telefónico ante invalidez o enfermedad.
Programa de bienestar basado en 3 pilares
Beneficios:
La Mentalidad
La nutrición
El movimiento
Protección enfocada en la prevención, atención y gestión de riesgos laborales.
Beneficios:
Promoción de hábitos saludables para prevenir accidentes y enfermedades laborales.
Prevención de riesgo cardiovascular y mejora de estilos de vida.
Gestión y seguimiento de accidentes de trabajo.
Trámites ágiles para incapacidad temporal.
Coberturas:
Incapacidad temporal.
Incapacidad permanente parcial (5% al 49%).
Pensión de invalidez (más del 50%, según junta de calificación).
Pensión de sobrevivientes.
Auxilio funerario.